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Formar parte del órgano social de la entidad
La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación, integrada por todos las personas asociadas, que adoptará sus acuerdos bajo el principio democrático de mayorías de los votos válidamente emitidos.
Deberá ser convocada al menos en sesión ordinaria una vez al año, para examinar y aprobar la liquidación anual de las cuentas del ejercicio anterior, el presupuesto del ejercicio corriente y la memoria de actividades del ejercicio anterior.
Los asociados podrán conferir, con carácter especial para cada reunión, su representación a otro asociado o persona que estimen procedente, mediante escrito dirigido a la Presidencia, pero deberá ser ratificado y aprobado por el órgano de gobierno.
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de los asociados presentes o representados.
Requerirán mayoría absoluta de los asociados presentes o representados, los siguientes acuerdos:
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Relativos a la disolución de la entidad
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Modificación de los Estatutos
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Disposición o enajenación de bienes
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Adopción de una cuestión de confianza al órgano de representación
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Regulación de la remuneración de los miembros del órgano de representación, por la prestación de servicios profesionales dentro de la propia entidad
Funciones de la Asamblea
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Examinar y aprobar el Plan General de actuación y la Memoria anual de actividades que le presente el órgano de representación.
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Aprobar el Presupuesto anual de gastos e ingresos del siguiente año y el estado de cuentas del ejercicio anterior.
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Decidir sobre la disposición o enajenación de bienes.
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Elegir y separar a los miembros de el órgano de representación.
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Solicitar la declaración de utilidad pública o interés público canario.
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Acordar la integración de la asociación en Federaciones o Confederaciones, así como la separación de las mismas.
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Controlar la actividad de el órgano de representación y aprobar su gestión.
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Modificar los Estatutos.
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Acordar la disolución de la Asociación.
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Designar la Comisión Liquidadora en caso de disolución.
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Acordar la remuneración de los miembros de el órgano de representación, en su caso.
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Ratificar las altas acordadas por el órgano de representación y conocer las bajas voluntarias de los asociados.
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Resolver, en última instancia, los expedientes relativos a sanción y separación de los asociados, tramitados conforme al procedimiento disciplinario establecido en los presentes Estatutos
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Otras que le sean de su competencia en atención a la normativa aplicable.